Tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad
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¿Qué es?
La Ley 13/1982, de 7 de abril, para la inclusión social de los minusválidos, en su artículo 60, señala expresamente la necesidad de que los Ayuntamientos adopten las medidas oportunas para facilitar el estacionamiento de vehículos a los minusválidos con graves problemas de movilidad, ya que se trata de un instrumento adecuado para promover la inserción sociolaboral de este colectivo. Con ello, se permite el acceso a recintos y servicios para todos a través de la tarjeta de estacionamiento a muchas personas que, teniendo grandes problemas de movilidad, tienen grandes limitaciones de uso de los transportes públicos, ya que tienen acceso a estos recintos de forma autónoma en su vehículo, y una vez llegados a su destino, tendrán las ventajas de aparcar que da el billete.
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¿a quién va dirigido?
Las personas físicas con discapacidad física o psíquica que hayan obtenido dictamen favorable de la Unidad de Valoración y Orientación de la Diputación Foral, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la legislación vigente.
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Requisitos
Poner en el baremo de minusvalía y movilidad al menos 25%
IMPRESO DE SOLICITUD DE TARJETA DE APARCAMIENTO
Para cualquier duda contactar con los Servicios Sociales
Teléfono 943569213 emails Gizarte@anoeta.eus o gizartelaguntzailea@anoeta.eus